viernes, 14 de mayo de 2010

La moda masculina, sencillo pero elegante

La primera imagen dura toda la vida, y nuestros cualidades muchas veces se ven influidas por nuestro aspecto fisico. Una frase muy famosa de Shakespeare lo describe perfectamente:
"The appearl oft proclaims the man"

La elegancia de los años 50 y 60. Un estilo atemporal.
Casual y con estilo ¡ siglo 21!
Vestimenta perfecta, para ir a trabajar, para ir a cocktail o fiesta de etiqueta. Para hombres de este siglo!
Moda mas actual, la primera del principe Carlos de Inglaterra, vestido para una boda de dia, chaque clasico atemporal. El segundo modelo, estilo deportivo ibizenco, y el tercero adecuado para un cocktail o una fiesta de etiqueta( no en el caso de etiqueta rigurosa que seria Frac o Smoking).
A la hora de escoger nuestra vestimenta habria que tener en cuenta la actividad, el lugar, la compañia, la hora y el tiempo.

lunes, 10 de mayo de 2010

El lenguaje de la ropa


Si tiene aspecto de ser una persona de éxito, es probable que lo sea o lo llegue a conseguir.
Ciertos colores, prendas y complementos revelan mucho acerca de nuestra personalidad y esto nos puede llegar a proporcionar un alto grado de autoridad.

Dentro de la jerarquía de colores, el blanco y el negro son los colores con máxima autoridad. Complementos como medallas, condecoraciones, actualmente: pendientes, anillo, representan poder; Los collares, pañuelos y corbatas- serian la protección yugular; el cinturón y la chaqueta representarían la armadura, y el maletín o bolso el escudo.
Esto, junto con el aseo personal seria una forma de complementar a la persona, creando su DNI.

lunes, 3 de mayo de 2010

Historia del Protocolo

Los Reyes de Aragón, al encontrarse más cerca del Papado (Italia), van a vivir un renacimiento del aspecto religioso del protocolo. Hay que recordar que el protocolo más antiguo escrito es la liturgia de la Iglesia Católica y que el Soberano Pontífice posee símbolos, a través de los cuales y de su liturgia, comunica mensajes que quiere transmitir al resto de los católicos.

En Aragón, Pedro IV el Ceremonioso, escribió las ordenaciones de su casa y Corte, el modelo según el cual iban a ser coronados los Reyes en la Casa de Aragón, en Zaragoza (capital del Reino), por el Obispo de Tarragona y las normas escritas taxativas que luego se extendieron y fueron copiadas por Napoleón Bonaparte. Nos estamos refiriendo al sistema de autocoronación por la que los Reyes Aragoneses tomaban la Corona de manos del Obispo, se coronaban a sí mismos y luego a sus esposas, tal como haría Bonaparte con Josefina posteriormente. Estas normas se uniformarían con la llegada de la Casa de Austria a España.

Efectivamente, desde hace quinientos años, vivimos en nuestro país según el Uso de Borgoña, que introdujo en España Carlos V, el Emperador Carlos I de España.

La Borgoña de los siglos XIV y XV era un ducado vasallo del Rey de Francia: el tercer hijo del Rey de Francia era el Duque de Borgoña. Era un ducado pequeño que hereda una serie de territorios al Norte de Francia gracias a unas alianzas patrimoniales, convirtiéndose desde hace ya casi seiscientos años en el centro del poder económico europeo.

Benelux era la capital de Europa: allí estaban las fábricas textiles de la época, las ferias comerciales, los puertos fluviales de Brujas y Amberes...

El Ducado de Borgoña, entonces ya centro económico, crea un interesante protocolo a principios del siglo XV. El Duque Felipe el Bueno de Borgoña decidió crearlo para imponer su autoridad y renombre frente a las demás Monarquías Europeas: Inglaterra, Francia, Alemania y Castilla y Aragón.

Fue un protocolo fastuoso inventado para propagar este Ducado de Borgoña, al mismo tiempo que se trataba de elevar la figura del Soberano, del Duque, convertiéndolo en un ser casi semidivino, de modo que pudiera imponer su autoridad recibida de Dios frente a sus súbditos.

Otra caractéristica fundamental de este protocolo es que el orden era estrictamente riguroso: Cada procedimiento y modo de comportamiento estaban escritos, de modo que se sabía exactamente dónde se debía sentar cada persona, cómo se le servía y en qué orden... Existía una enorme corte de personalidades con funciones específicas de protocolo que debían cumplir estas normas con disciplina.

La cuarta característica del protocolo de Borgoña es la uniformidad en la celebración de los actos organizados en los distintos territorios que poseía el ducado. Puesto que no existía una continuidad territorial entre dichas posesiones, se dictaminó que todas las ceremonias reunieran las mismas características, independientemente del lugar en que se organizasen. Ésta es una de las pretensiones del Ordenamiento General de Precedencias en el Estado, de 1983. En dicho ordenamiento se establecen las disposiciones que deben aplicarse en el conjunto de territorios del Estado. Así, se aplican unas mismas normas protocolarias en las mismas circunstancias, aunque en autonomías diferentes.

Felipe II introdujo los primeros cambios en este protocolo. Tras viajar a los Países Bajos, decide promulgar una Pragmática de cortesías en 1586. Felipe II se sentía abrumado por las exigencias del protocolo borgoñón y lo rechazaba, por lo que dicta esta pragmática con el objetivo de poder adaptar el protocolo de Borgoña a los usos castellanos, compaginando ambas normativas y costumbres. Entre las normas que creó, podemos destacar el uso característico en nuestro país del término Señor para hacer referencia al Jefe de Estado o Rey, sustituyendo al de Alteza y frente al uso de Majestad, referido a los Emperadores.

Don José de Grimaldo fue el Primer Secretario de Estado y del Despacho, quien estableció unas normas escritas de protocolo en la recepción de embajadores del extranjero que aún siguen vigentes. Esto quiere decir que las recepciones que se realizan hoy en el Palacio Real, ya se habían definido en el ceremonial de 1717.

Otra de las aportaciones de la modernización puesta en marcha por Felipe V fue la paulatina desaparición del sistema procedente de los Grandes de España, clase política creada por Carlos V y que habían llegado a monopolizar los altos cargos en nuestro país y las ceremonias que en él se celebraban. Esta situación, heredada de la época de los Reyes Católicos, se prolongó hasta la etapa de Alfonso XIII. La reina Isabel la Católica había quitado el poder político y económico a la nobleza castellana, otorgándoles a cambio los cargos palatinos que se convertían en cargos hereditarios. De esta forma, son las mismas familias, desde la época de los Reyes Católicos, las que van a monopolizar los grandes cargos de Gentiles Hombres, Aposentadores, Mayordomos...

Con Carlos III se produjeron nuevos cambios en el ámbito del ceremonial y el protocolo. El Rey Carlos III fue el creador, en cierta manera, de la Bandera e Himno Nacionales.

Carlos III creó también la Bandera Nacional o Bandera de la Armada en 1785. En un momento histórico en el que toda Europa mediterránea estaba en manos de los Borbones y se empleaba la bandera blanca con las armas del soberano de cada país en los buques de la Armada, Carlos III creó una bandera que diferenciara en la mar a sus buques y fuera fácilmente identificable. Para esta bandera, Carlos III escoge los colores rojo y amarillo, porque son los colores que mejor se distinguen en la distancia. Aunque estos tonos tenían sus antecedentes en la bandera que ondeaba en el Reino de Nápoles y en el Reino de Aragón, los motivos por los que pasan a la Bandera de la Armada fueron de carácter pragmático: poder diferenciar a los buques en la mar.

Por ello, la bandera roja y amarilla pasaría después de los buques de la Armada a los ejércitos de tierra, convirtiéndose finalmente en la Bandera Nacional. Esto no ocurrió hasta 1860, en la Guerra de África. Los diez mil soldados españoles que intervinieron en dicha guerra llevaban en sus mochilas la bandera roja y amarilla con que serían posteriormente enterrados.

El pueblo español se identificó con esta llamada Bandera de Mochila tras la pérdida de tantos soldados españoles e hizo suya la bandera con la que habían sido enterrados sus compatriotas. La bandera pasa al pueblo, sin ningún decreto ni ningún otro reglamento, convirtiéndose en la Bandera Nacional.

De nuevo fue Alfonso XIII quien reglamentó su uso por la disposición de 1908, junto con el Himno Nacional. Alfonso XIII dispone que la Bandera Nacional bicolor ondee en los edificios públicos los domingos y los días de fiesta. Hasta entonces la Bandera sólo había ondeado en las fuerzas del ejército de tierra y en la Armada.

En el siglo XIX van a surgir las primeras disposiciones escritas sobre protocolo promulgadas en la Gaceta de Madrid. Así, entre 1856 y 1861, durante el reinado de Isabel II, se escribe un organigrama del Estado en el que aparece reflejado por primera vez el poder civil. En una diposición de 1856, Isabel II establece la que yo llamo alternancia del poder civil y militar, de modo que en los actos presididos por un representante del poder civil, el militar estará a su derecha y viceversa.

El reinado de Alfonso XIII, con el que se inaugura el nuevo siglo XX, representa uno de los momentos más importantes del protocolo español. Como hemos visto, es entonces cuando se reglamenta el uso de la Bandera Nacional y el Himno Nacional y se establece la última disposición protocolaria. Se trata de la Orden del Rey de 1908 firmada por el Jefe Superior de Palacio, publicada en la Gaceta de Madrid y refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Esta Orden de 1908 recoge las Etiquetas de José Bonaparte, pues en ella se establecen las siete grandes categorías de precedencias en el organigrama del Estado Español que van a ocupar las siete salas del Palacio Real. Sería la última ocasión en que estas siete categorías serían ordenadas según el Uso de Borgoña: un orden que atiende no a lo que son las personas sino a lo que habían sido sus antepasados (Cardenales, Grandes de España, Caballeros del Toisón de Oro...)

Tras la época alfonsina, durante la dictadura de Primo de Rivera, éste intentó cambiar el protocolo, pero en 1926 dicta una orden circular en la que confiesa no poder establecer unas normas de carácter general dada la dificultad y complejidad del momento histórico por el que atraviesa nuestro país. Este preámbulo refleja, a mi entender, la España de finales de los años veinte, en los que el Antiguo Régimen tenía que sucumbir ante una incipiente sociedad civil.

Fue la Segunda República la que provocó esa ruptura definitiva con el Antiguo Régimen, y también con las normas protocolarias existentes. Se cambió el Himno, la Bandera y el Escudo; se abolieron las grandes condecoraciones del Toisón de Oro, de Carlos III y la Orden de Mª Luisa; se derogaron los Títulos de Grandes de España, etc. Esto no significa que la Segunda República fuera antiprotocolaria: creó la Orden Honorífica de la República, además de la nueva Bandera y Escudo.

En el Salón del Trono, dio forma a una solemne ceremonia de Presentación de Credenciales de los Embajadores extranjeros, ante el presidente de la República, que hoy día se ha perdido. Actualmente, el Rey recibe a los Embajadores en la Cámara en presencia del Ministro de Asuntos Exteriores o de su representante.

La Guerra Civil va a influir en todos los asuntos de protocolo. Lo más destacado de esta época es el restablecimiento “de facto” del régimen de la Monarquía Alfosina que lleva a cabo en Burgos el General Franco. A pesar de que no existían unas normas escritas, funcionarios de aquella época como el Barón de las Torres y D. Antonio Villacioeros, van a establecer las viejas costumbres acerca de la Bandera (1936), el Himno (1938)... adaptándolas a la nueva situcación política.

En 1941 el General Franco dictamina por primera vez que la Marcha Real será el Himno Nacional de España, siendo ésta la primera vez que se habla del Himno Nacional como tal.

La bandera que se estableció en Burgos en 1936 fue la Bandera de la antigua Monarquía. El enfrentamiento de las banderas de cada bando durante la Guerra Civil continúa hoy día como resquicio de aquella lucha interna que dividió al pueblo español. Debido a esto, nuestro país no ha consolidado el sentimiento de pertenencia a una bandera como ha ocurrido en otros países.

La bandera de la República Francesa, por ejemplo, nace tras la Revolución y pasa al pueblo con la fuerza y el poder de una bandera nacional que une al pueblo frente a una invasión exterior. En España, las luchas han sido internas, no hemos sentido la unión del pueblo español bajo una misma bandera en defensa de unos mismos principios frente a un enemigo exterior. Por todo ello, hoy día asistimos a continuos debates sobre el uso de la bandera, heredados de esta situación.

El General Franco no estableció ninguna disposición de protocolo hasta el final de su gobierno en 1968. En este año, Franco promulga un reglamento llamado de Precedencias y Ordenación de Autoridades y Corporaciones, en el que establece un organigrama de Estado con objeto de perpetuar la situación política. En este sentido, estoy de acuerdo con la tesis de la Doctora Mª Teresa Otero Alvarado, según la cuál el dictamen de un ordenamieto de protocolo responde al deseo del poder de perpetuar un estado.

Este Reglamento de Precedencias y Ordenación de Autoridades y Corporaciones, establece ya una moderna clasificación de actos y autoridades públicas, pues delimita el ámbito de aplicación de ordenación del Estado a los actos oficiales (excluyendo los actos privados, sociales, deportivos o religiosos) y a los cargos públicos. En el año 1975, con la Transición Española, este reglamento pierde vigencia dado que han desaparecido gran parte de las autoridades de la época del General Franco y se han definido otros nuevos cargos no contemplados en él.

El caos protocolario de la época evidencia la necesidad de crear un nuevo ordenamiento de protocolo, pues emerge una de las premisas que así lo estipulan: el cambio constitucional o paso del régimen autoritario de Franco a una nueva monarquía parlamentaria.

El primer gobierno socialista de Felipe González impulsó este cambio protocolario con un nuevo Ordenamiento General de Precedencias en el Estado (Real Decreto 2099 / 1983, de 4 de agosto), donde pusimos en práctica la Constitución Española, aplicándola a una disposición escrita de rango protocolario.

Hoy día siguen vigentes en nuestro país 16 disposiciones legales que establecen normas de protocolo y que nacieron con la Constitución y perfilaron en menos de diez años. Son disposiciones sobre la Bandera, el Himno, el Escudo, los Estatutos Especiales que existen, así como los Tratamientos, Títulos y Honores.

El Ordenamietno General de 1983 es básicamente constitucional y así lo recoge su prólogo, donde se reconocen unos principios básicos referidos al establecimiento del nuevo Estado social y democrático de derecho, bajo la forma política de una Monarquía Parlamentaria. Reconocía así la nueva estructura de poderes, culminados por el Tribunal Consitucional, órgano máximo al que corresponde la interpretación última de la Constitución.

Una de las grandes aportaciones de este ordenamiento es el reconocimiento y cosideración del poder de las Comunidades Autónomas, llegándose a definir dos precedencias diferentes, para su aplicación bien en actos celebrados en Madrid, como capital de España y sede de las Instituciones Generales del Estado, bien en el reso de las Autonomías. De este modo, se consigue dar primacía a la prelación, la simbología y al mensaje de las autoridades autonómicas sobre las autoridades del Estado, no sobre los poderes del Estado, en los actos celebrados en las Comunidades Autónomas, puesto que son las autoridades máximas elegidas por la propia autonomía.

Existe un Real Decreto del seis de noviembre de 1987, la disposición de protocolo más importante después de la Constitución, donde se establece el uso de los Tratamientos, Títulos y Honores Oficiales que tanto interés suscitan.

Según esta disposición, el Jefe de Estado tendrá el título de Rey y Majestad. La Reina Consorte, mientras lo sea o permanezca viuda, mantendrá los mismos títulos: será Reina y se le llamará Majestad. Si se casara perdería todas sus prerrogativas. El Príncipe de Asturias y su esposa, la Princesa de Asturias, tendrán el tratamiento de Alteza Real y los Honores que se le reconocen en el Ordenamiento. Los hijos del Rey de España o del Príncipe de Asturias tendrán el tratamiento de Infantes de España, pero no sus maridos o consortes, que tendrán los tratamientos y honores que el Rey les conceda graciosamente. El Rey no ha concedido ningún tratamiento ni título a los consortes de las Infantas. Los mismos son llamados Duque de Lugo y Duque de Palma de Mallorca por consideración social, ya que con motivo de su matrimonio, el Rey permitió usar a las Infantas dichos títulos. Se trata de una concesión graciable, vitalicia y personal, por lo que vuelven a la Corona a su muerte, sin posibilidad de recaer en sus maridos.

En este sentido debemos admitir que queda una laguna en dicho decreto, ya que los hijos de las Infantas tendrán la consideración de Grandes de España y podrán usar el tratamiento de Excelentísimo Señor, siendo aquél un título excluído de las precedencias y la nomenclatura política desde antes de 1987.

Para ilustrar esta devaluación del título de Grande de España podemos recordar la escasa presencia de Grandes de España, como tales, en la reciente boda de Estado de la hija del presidente José Mª Aznar si la comparamos con la anterior boda de la hija de Franco en el año 1951. En esta última, la mitad de los asistentes eran miembros de la nobleza y Grandes de España, lo cual indica que la sociedad española ha cambiado mucho en estos últimos cincuenta años.

Como hemos visto, el uso de Tratamientos, Títulos y Honores está muy circunscrito, puesto que ya no existen dentro de la Administración.

Para terminar, quisiera hacer una última observación sobre la enorme importancia del protocolo en la comunicación institucional: el protocolo es el instrumento de comunicación del poder, a través del cual el Estado transmite su mensaje, son las relaciones públicas del Estado. Es decir, es la comunicación del mensaje la que da sentido a un acto, independientemente de la perfección que se consiga en la organización de la ceremonia.

Si un acto no comunica, no existe.

En la Monarquía Austriaca y Borbónica, los actos se organizaban para centenares de personas, hoy día millones de personas pueden ver actos como la última boda organizada por la Casa Real, la de la Infanta Cristina en la Catedral de Santa Eulalia de Barcelona, gracias a los medios de comunicación. Lo importante en aquel momento fue el mensaje que la Cara Real quiso transmitir desde las personas que participaban y la institución que lo organizaba, a esos millones de espectadores a los que comunicó dicho acto a través de la televisión.

Podemos concluir, por lo tanto, con la importancia de la normativa protocolaria para organizar el Estado a través de las 16 disposiciones legales vigentes en nuestro país. Cuando la situación política, institucional o económica cambie, será el momento de cambiar dichas disposiciones, mientras tanto, el “uso de Borgoña” sigue impregnando nuestro protocolo desde hace quinientos de historia.
EXCMO. SR. D. JOAQUÍN MARTÍNEZ CORRECHER.